A más tardar el día 17
Pagos provisionales, definitivos y retenciones
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Obligación | Personas obligadas | Forma de presentación | Fundamento legal |
Pago provisional del ISR, IETU, IVA, IEPS y entero de retenciones | Personas morales, salvo las que no tengan fines de lucro y siempre que no obtengan ingresos gravados con dichos impuestos. | Con el Servicio de Declaraciones y pagos (pago referenciado) Pago con línea de captura en los Bancos autorizados |
Artículos 14, 76-II, 77, 79, 81, 83, 93, 94, 99, 101 a 103, 113, 127, 134, 143 y 154 de la LISR, Artículos 1 y 9 de la LIETU y Reglas II.2.8.5.1. y II.2.8.5.2. de la RMF 2013 Artículos 1-A y 5 de la LIVA y Reglas II.2.8.5.1. y II.2.8.5.2. de la RMF 2013 Artículos 101 fracción V, 113, 127, 143 de la LISR; 1-A de la LIVA; 5-A de la LIEPS y Regla ll.2.8.5.1. de la RMF 2013 |
Pago provisional o definivo del ISR, IETU, IVA, IEPS y entero de retenciones, en su caso. | Personas físicas: Actividades Empresariales y Profesionales (honorarios) Régimen Intermedio Arrendamiento de bienes inmuebles Enajenación de bienes Salarios, en su caso solo ISR |
Con el Servicio de Declaraciones y pagos, (pago referenciado) en el caso de las personas obligadas a utilizar este servicio. Pago con línea de captura en los Bancos autorizados. Este servicio es opcional para los no obligados. Para los no obligados y que no opten por utilizar dicho servicio: En ceros: a través de la Declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago (avisos en cero) Con pago: pago través de los bancos autorizados. |
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Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la Regla I.3.2.15. | Intermediarios financieros | Con el Servicio de Declaraciones y pagos (pago referenciado) en el caso de las personas obligadas, a utilizar este servicio. Entero de retención: a través de los Bancos autorizados con la línea de captura. |
Artículos 109, fracción XXVI, 190 de la LISR y Regla I.3.2.12. de la RMF 2013 |
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Declaraciones Informativas
Información a presentar | Personas obligadas | Forma de presentación | Fundamento legal |
Información de las contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos | Contribuyentes que perciban contraprestaciones o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos | Declaración Informativa del Formulario 35. Dé clic aquí para obtener el programa electrónico para elaborar su declaración |
Artículos 86 fracción XIX, 97 fracción VI, 145 fracción V, 154-TER- de la LISR y ficha de trámite 1/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2013 |
Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos, así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, total de cigarros enajenados | Productores e importadores de tabacos labrados | Esta información se presenta a través de la Declaración Informativa Múltiple del IEPS (MULTI-IEPS) y su Anexo 2. | Artículo 19-IX LIEPS, Reglas II.6.2.1. y II.6.2.14. de la RMF 2013 |
Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes en el mes inmediato anterior | Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que realicen operaciones con partes relacionadas o donantes, sin importar el monto de la operación, ni el medio de pago | En la página de internet del SAT, a través del programa electrónico Declaración Informativa de Operaciones con Terceros | Artículo 97 fracción VII de la LISR, Regla I.3.9.12. y ficha de trámite 16/ISR del Anexo 1-A de la RMF 2013 |
FUENTE: www.sat.gob.mx