Si el sexto dígito numérico de su RFC es 1 o 2, hoy es el último día para que presente sus declaraciones de pago.
Esta opción no aplica para los contribuyentes que:
- Están obligados a dictaminar estados financieros
- Consolidan sus estados financieros
- Las personas que están considerados como grandes contribuyentes conforme al Reglamento Interior del SAT
Día 19
Si el sexto dígito numérico de su RFC es 3 o 4, hoy es el último día para que presente sus declaraciones de pago.
Esta opción no aplica para los contribuyentes que:
- Están obligados a dictaminar estados financieros
- Consolidan sus estados financieros
- Las personas que están considerados como grandes contribuyentes conforme al Reglamento Interior del SAT
Por otra parte, si el primer carácter alfabético de la clave del RFC del contribuyente es de la A a la F, hoy es el último día para presentar el dictamen fiscal y demás información y documentación que corresponda, así como la Información Alternativa del Dictamen.
Si el sexto dígito numérico de su RFC es 5 o 6, hoy es el último día para que presente sus declaraciones de pago.
Esta opción no aplica para los contribuyentes que:
- Están obligados a dictaminar estados financieros
- Consolidan sus estados financieros
- Las personas que están considerados como grandes contribuyentes conforme al Reglamento Interior del SAT
Si el sexto dígito numérico de su RFC es 7 u 8, hoy es el último día para que presente sus declaraciones de pago. Esta opción no aplica para los contribuyentes que:
- Están obligados a dictaminar estados financieros
- Consolidan sus estados financieros
- Las personas que están considerados como grandes contribuyentes conforme al Reglamento Interior del SAT
Si el sexto dígito numérico de su RFC es 9 o 0, hoy es el último día para que presente sus declaraciones de pago.
Esta opción no aplica para los contribuyentes que:
- Están obligados a dictaminar estados financieros
- Consolidan sus estados financieros
- Las personas que están considerados como grandes contribuyentes conforme al Reglamento Interior del SAT
FUENTE: www.sat.gob.mx